Muchas veces nuestro acelerado ritmo de vida nos hace ir a mil cosas y no prestamos la suficiente atención a lo importante. Y es que, cuando contratamos algo debemos leer muy bien qué estamos firmando en el contrato, y, sobre todo y aunque de pereza, leer la letra pequeña. Como sabemos que muchos de vosotros no sacáis nunca tiempo para ello, os traemos un resumen que os será bastante útil sobre el cobro de comisiones del banco. ¿Cuáles son legales?

En informes del Banco de España ratificados por las autoridades judiciales de nuestro país, se han establecido tres premisas que determinan en un primer nivel general qué comisiones son legales. Según estas tres premisas, las comisiones son legales cuando:

  • Prestan un servicio solicitado por el cliente.
  • Prestan un servicio real.
  • Los gastos derivados del servicio -de los que derivan las comisiones- se han producido realmente.

Teniendo en cuenta esto, vamos a ver qué comisiones bancarias son legales.

¿Qué comisiones puede cobrar el banco?

Comisiones de mantenimiento

Las comisiones de mantenimiento suelen ser legales, pero depende de qué servicios adicionales se han acordado con la entidad financiera. Si el servicio es simple, es decir, se trata de una hipoteca, cuenta corriente o depósito; no se pueden cobrar comisiones de mantenimiento, pero, si se acuerdan servicios adicionales, sí. Estos serían por ejemplo la solicitud de nuevas tarjetas, domiciliación de recibos o el contrato de seguros.

El cobro de comisiones mantenimiento de tarjetas se puede llevar a cabo de manera legal siempre y cuando no se devuelva la tarjeta, ya que una vez devuelta no se podrán cobrar más comisiones. Así mismo, si se cobra una comisión anual anticipada por su mantenimiento y ésta se devuelve antes de finalizar el año, se deberá devolver la parte proporcional de lo pagado y no utilizado.

Comisión de amortización anticipada

Son consideradas como comisiones legales siempre y cuando no sean abusivas. Las comisiones de amortización anticipada son aquellas que el banco percibe por permitir al deudor abonar el capital que debe de un préstamo antes de lo inicialmente pactado. Y es que claro, pagar antes de lo convenido no son buenas noticias para una entidad bancaria, ya que dejan de percibir los intereses del préstamo.

No son legales por ejemplo si, como ya hemos dicho son abusivas, o si se disuelve el préstamo porque se ha financiado con otro préstamo proveniente de la misma entidad. Si todo queda en casa, el banco no ha de cobrar las comisiones de amortización anticipada.

Comisión de apertura

La comisión de apertura es legal siempre y cuando el banco se haya encargado de redactar el mismo el contrato del servicio. Si es así, realmente está prestando un servicio al cliente, por lo que le puede cobrar una pequeña comisión, pero esta, no puede ser, como en el caso anterior, abusiva.

Comisiones de transferencia

Siguiendo los principios que hemos mencionado al comienzo de este artículo, podemos deducir que estas comisiones son legales, ya que se está prestando un servicio real al cliente: las transferencias.

Comisiones por retirada de efectivo

Esta es una de las comisiones con las que más nos encontramos en nuestro día a día. Y son totalmente legales, siempre y cuando esta retirada de efectivo se realice en una sucursal de un banco distinto al nuestro, y, muy importante: ¡nos avisen de esta comisión antes de aceptar la retirada de efectivo!

Esperamos haber arrojado un poco de luz sobre un asunto un tanto escamoso como es el de las comisiones bancarias. Si quieres asegurar tu futuro con nosotros, contáctanos . Nuestros agentes están deseando que te unas a nuestra gran familia. ¡Te esperamos!

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